Mediación
¿Qué es la mediación?
Aunque existen diferentes definiciones en relación con el concepto de mediación, en términos generales se trataría de un método para la gestión de los conflictos, surgidos entre dos o más partes, en donde una tercera parte neutral e imparcial, que sería la figura de la mediadora, facilita su ayuda a partir de una serie de habilidades y técnicas que pone al servicio de las partes, con la finalidad de ayudar a ver la situación desde una perspectiva diferente, facilitando la posibilidad de encontrar soluciones a los diferentes problemas planteados.
Los objetivos principales serían los de otorgar a las partes interesadas la oportunidad de establecer un espacio de diálogo que facilite la comprensión mutua y la búsqueda de una solución aceptable al problema, generando acuerdos que sean lo suficientemente equilibrados para que perduren en el tiempo.
Por tanto, la mediación es una opción recomendable cuando la comunicación no es la adecuada y no pueden manejar la situación por sí misma, o las partes presentan una serie de dificultades que las han llevado a un callejón sin salida, en donde las negociaciones se encuentran estancadas y no disponen de las herramientas necesarias para poder continuar con el proceso.
La mediación presenta una serie de ventajas, como reducir la tensión emocional propia dentro de los conflictos; además, es un proceso más breve y económico, a diferencia de un proceso judicial ordinario, y atiende a las necesidades particulares de todos los implicados de una manera justa e equilibrada, fomentando la aparición de acuerdos creativos e ideas vanguardistas.
Es importante tener en cuenta que la mediación no se considera una terapia psicológica, ni busca plantearse como un asesoramiento jurídico o familiar, el protagonismo del proceso les corresponde a las partes en conflicto. La mediadora no juzga ni sanciona, sino que procura que las partes involucradas sean ellas mismas quienes puedan encontrar solucionas adaptadas a sus circunstancias.
En el arbitraje, la decisión del problema se delega en la figura del árbitro, que será una figura imparcial y neutral. Una vez que ambas partes hayan planteado su posición e intereses, será el árbitro el que tome una decisión por ellas, y estarán obligadas a aceptar.
En la conciliación, la figura de la conciliadora adquiere un papel más pasivo, pero puede proponer opciones y soluciones, y serán las partes quienes puedan aceptarlas o no.
Por último, el mediador no tiene facultades de decisión, no se encarga de tomar las decisiones, sino de ser la figura que medie entre ambas partes y que facilite sus conocimientos para que sean ellas mismas las que con ayuda de dichos recursos ofrecidos por la mediadora puedan llegar a sus propios acuerdos, favoreciendo su implicación y duración en el tiempo.
¿Cuál es el objetivo de la mediación?
De manera general, el conflicto siempre se ha entendido como algo negativo, algo que es preferible evitar, ya sea por la dificultad percibida en su resolución o por la violencia que pueda generar, en donde alguna parte sale perjudicada, y el tiempo y esfuerzo que se necesita para resolverla es difícil de determinar, por lo que muchas personas prefieren mantener su situación actual antes de plantearse una posibilidad de cambio.
Pero hay que tener en cuenta que el conflicto es algo intrínseco en el ser humano, es natural y necesario, son inherentes a las interacciones interpersonales, debemos entender que los conflictos en sí mismos no son malos, son parte de nuestro día a día, y más aún en las sociedades en las que vivimos, cada vez más complejas y llenas de conflictos.
Por ende, más que evitar el conflicto, lo ideal sería cambiar la percepción que tenemos acerca de ella. El conflicto es una oportunidad de cambio y aprendizaje, son necesarios para provocar cambios, pero si no se manejan, crecen de manera inevitable y con ellos surge la necesidad de buscar nuevas formas de resolverlas, al igual que tratar sus divergencias. Prestar atención al conflicto, ya sea interno o externo, nos ayuda a resolver de una manera eficaz los conflictos en el presente, y a la vez nos haría obtener herramientas para resolver correctamente las que vendrán en el futuro, y el entrar en conflicto con otras personas es lo que nos permite aprender, avanzar y mejorar.
Se debe diferenciar entre resolver o gestionar un conflicto, resolver trata de reducir la intensidad o finalizarlo, quitarnos el problema cuanto antes, haciendo caso omiso del daño que pueda generar o generarnos, pero gestionarlo trata de conocer sus circunstancias y afrontarlo de un modo que permita conseguir resultados satisfactorios y más saludables.
La mediadora ayuda a las partes a gestionar sus conflictos a través del diálogo y a partir de su formación en gestión de conflictos.
¿Cómo es el proceso de mediación?
A lo largo de la historia de la mediación, se han desarrollado diferentes líneas de pensamiento en relación con la manera más eficiente de poner gestionar los conflictos, desembocando así en tres escuelas de mediación distintas, por lo que, dependiendo de las características particulares del conflicto, el entorno o la demanda de las partes implicadas, se tendrá más en cuenta el enfoque de una escuela u otra, o bien se apostaría por un enfoque más integrador.
Las distintas líneas de pensamiento serían:
El modelo Harvard, en donde la prioridad es llegar al acuerdo, y se contempla que la causa del conflicto es el desacuerdo, por lo que el contexto se deja en segundo plano. Se suele utilizar en negociaciones empresariales en donde se dispone de poco tiempo y la urgencia de llegar a un acuerdo eficaz.
El modelo circular narrativo de Sara Cobb defiende que las causas del conflicto se retroalimentan, creando un efecto circular. Al basarse en los principios sistémicos, se favorece la creación de contextos favorables para llegar a soluciones, al igual que la importancia a la mejora de la comunicación. Se suele utilizar mucho este modelo en la mediación familiar o social/comunitaria, entre otras, por su naturaleza interrelacional.
El modelo transformativo apoya que los acuerdos no son lo importante, sino lo que interesa realmente es la adquisición de habilidades personales que permitan a las partes afrontar los problemas presentes y futuros. Con este modelo se busca aumentar el repertorio de herramientas de las que pueda disponer una persona para que pueda gestionar de una manera más eficaz los conflictos que vendrán en el futuro, fomentando su autonomía personal.
Cada modelo dispone de sus propias particulares y procesos que le dan forma al proceso de mediación, por ello una buena mediadora debe ajustarse según el tipo de conflicto, pero, aun así, escoja un modelo u otro, en términos generales el proceso de mediación seguiría las siguientes fases:
- Contacto inicial con las partes interesadas.
- Una primera reunión informativa, en donde se firma el acuerdo de compromiso (acta inicial) y una primera recogida de información.
- Fase de resolución, en donde se incluyen las diferentes técnicas y estrategias que ofrece la figura mediadora.
- Acta final, en donde, a través de lo trabajado anteriormente, se llega a un acuerdo total o parcial, o también existe la posibilidad de que no haya un acuerdo, y se firman los documentos pertinentes y se procede a la despedida.
- Fase de seguimiento (6 meses o 1 año por llamada telefónica).
Se suele trabajar de la mano con un abogado, en donde se encargaría de asesorar y orientar durante el proceso de mediación, y al final de dicho proceso se encarga de la homologación judicial de los acuerdos pactados, o un notario para protocolizar el acta (escritura pública).
Es importante distinguir la mediación por el origen o la derivación, pudiendo así diferenciar la mediación intrajudicial de la mediación extrajudicial.
La mediación intrajudicial se refiere a aquellos casos que son derivados por los propios titulares de los juzgados, una vez iniciado un procedimiento judicial. La forma de derivación es distinta en cada juzgado y órgano jurisdiccional. La legislación vigente no la establece de manera obligatoria, aunque muchos juzgados facilitan este recurso a las partes implicadas según la idoneidad del caso.
La mediación extrajudicial es aquella en la que ambas partes o una de ellas solicita la mediación, exista o no un procedimiento judicial en curso, ya sea en el ámbito público o privado, aunque generalmente es por vía privada.
¿A quién va dirigido?
Hay tantos tipos de conflictos como personas, cada conflicto es un caso único y particular, por lo que es esencial entender las particularidades que lo conforman para poder gestionarlo de la manera más eficiente posible.
De manera general podemos diferenciar diferentes tipos de conflictos: está el conflicto intrapersonal (se da en la misma persona), el interpersonal (entre dos o más personas), el intragrupal (entre los miembros de un mismo grupo), intergrupal (entre dos o mas grupos), o la intraorganizacional (dentro de una misma organización) o la interorganizacional (se da entre dos o más organizaciones).
Por tanto, el proceso de mediación se puede aplicar a muchos tipos de conflictos, sin embargo, no todo es mediable, en los casos en los que haya algún tipo de violencia de por medio, abuso de poder o todos aquellos casos en los que no se pueda garantizar la seguridad de alguna de las partes o que desequilibre la igualdad de condiciones, tendrán que resolverse por otros medios.
Tipos de mediación
La mediación puede abarcar un extenso abanico de problemáticas, por lo que su oferta y demanda es muy amplia, en donde podemos diferenciarlas en tres grandes grupos, que son: la mediación familiar, la civil y la mercantil.
Mediación familiar. Se encarga de construir puentes entre las partes del conflicto, generando capacidad de consenso. Proporciona a la familia un espacio en el que pueda tener cavidad todos aquellos temas sobre los que sus miembros deben tomar decisiones, tengan o no tengan relevancia legal (custodia, separación, visitas, régimen económico, herencias, cualquier conflicto que afecten a dos o más miembros de una misma familia, etc.). No se considera mediación familiar una terapia de pareja o terapia familiar, ni un servicio de orientación familiar o de asesoramiento jurídico.
De cara a ofrecer una vía alternativa a otras como pueden ser la judicial, el arbitraje o la conciliación, al hablar de personas físicas o jurídicas hablaríamos de mediación en el ámbito civil o mercantil.
En el ámbito civil destacan las modalidades:
- Mediación en las organizaciones. Se encargaría de la implantación de un sistema de gestión de conflictos en el ámbito laboral, de cara a resolver posibles disputas entre compañeros de trabajo o dentro de la jerarquía profesional (jefe – empleado o viceversa).
- Mediación en el ámbito educativo. Se desarrolla dentro del ámbito escolar y debe ser definida en los planes educativos de los centros escolares, en donde se implantan programas de mediación con la finalidad tanto de prevenir como de intervenir en los conflictos que surjan, ofreciendo valores al alumnado para una cultura de la paz y capacitándolo para la resolución de conflictos dentro del colegio o instituto.
- Mediación sanitaria. Se aprecian tanto conflictos internos propios de las profesiones con carácter sanitario, generados dentro de la organización, así como los conflictos externos, entre la institución y los agentes externos a ellas, tales como otras organizaciones, usuarios o proveedores.
- Mediación social y/o comunitaria. Se pretende crear un espacio de diálogo entre los miembros de una comunidad, de cara a dar la oportunidad de trabajar juntos para lograr encontrar soluciones consensuadas, por ejemplo, entre los vecinos, consumidores o proveedores de cara a las disputas propias de la convivencia, ciudadanía y libertad.
- Mediación intercultural. Se de entre los conflictos generados entre personas que pertenecen a identidades culturales diferentes, por lo que se ofrecen herramientas que ayuden al manejo de la diversidad cultural, favoreciendo la incorporación de una minoría a la sociedad sin tener que perder su propia identidad cultural y fomentando la promoción de encuentros entre distintas culturas.
- Mediación en la empresa familiar. Cuando se produce una interacción entre dos subsistemas como son la empresa y la familia, se generan unos conflictos que requieren ser tratados de forma particular para que la empresa siga manteniéndose como motor de sustento.
- Mediación vial. Se encargaría de cuestiones relacionadas con accidentes de tráfico, seguridad vial, seguros, etc.
En cuanto a la mediación en el ámbito mercantil, destaca la mediación en materia de propiedad horizontal y arrendamientos urbanos, así como la mediación en el ámbito hipotecario:
- La mediación en materia de propiedad horizontal y arrendamientos urbanos contempla la mediación como un servicio municipal en donde los conflictos ciudadanos son susceptibles de ser tratados dentro de un proceso de mediación, pero estos deben ser de baja intensidad en los que no se llega a cometer un delito y se sitúa dentro de la esfera privada o personal, como pueden ser: temas de discusiones, higiene, ruidos u obras, problemas relacionados con el incumplimiento de la ley de propiedad horizontal, falta de consenso para arreglos en edificios, impagos, comunidad de vecinos, animales de compañía, actos de incivismo, incumplimiento de contratos, problemas relacionados con el territorio, espacios públicos o problemas medioambientales.
- La mediación dentro del ámbito hipotecario surge a partir de la crisis y la gran afluencia de desahucios y problemas de los usuarios en hacer frente a sus deudas hipotecarias, por lo que en muchos casos las entidades bancarias acceden a la intermediación para llegar a soluciones razonables para resolver las morosidades hipotecarias.
Además de lo anterior, también podemos encontrar otros tipos de mediación, que, aunque no sean tan habituales, son igual de importantes, que son:
Mediación penal. Se trataría de un proceso que permite a la víctima y al delincuente participar activamente, si así lo consideran libremente, en la solución de las dificultades resultantes del delito, con ayuda de un tercero independiente, de cara a fomentar la justicia restaurativa.
Mediación internacional. Se realiza entre países en conflicto, o también por parejas compuestas por personas de distintos países que, llegado el momento de separación o divorcio, se generan conflictos más graves en comparación con los de una pareja que vive en el mismo municipio o país, debido a que las situaciones en relación con la custodia de los hijos, así como el régimen de visitas, vacaciones, etc., se agravan.